La de Ley de Desarrollo Rural establece que las actuaciones a impulsar y apoyar desde las políticas institucionales se estructurarán en torno a dos instrumentos básicos de programación:
- Los programas de desarrollo territorial (PDT)
- Los programas comarcales de desarrollo rural (PCDR).
Las políticas, los objetivos generales, los objetivos sectoriales y ejes de actuación, orientados al desarrollo socioeconómico de las zonas rurales, adoptarán la forma de programas de desarrollo territorial (PDT).
La plasmación y ejecución de los objetivos generales, objetivos sectoriales y ejes de actuación prioritarios señalados en los programas de desarrollo territorial se materializará a través de los programas comarcales de desarrollo rural (PCDR).
Actualmente se encuentra vigente el PDR 2015-2020, prorrogado hasta que entre en vigor el PDR del siguiente periodo.